Maitei. Mba´éichapa? Peike peikua´a hagua mba´epa oi ko´ape!!

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Este es un espacio que buscará rescatar algo de mis redacciones diarias de noticias, en especial aquellas con enfoque de desarrollo campesino, cultural y las iniciativas de las poblaciones de la rivera, entre otros temas interesantes y positivos.

KuKu AkaNgO MaRAnDu representa un lugar en donde demostraré que los fantasmas y tabúes que aún rondan en nuestra sociedad no son un impedimento para que la gente pueda sobresalir, buscar mejores fronteras para el desarrollo y tener una vida digna.

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miércoles, 19 de febrero de 2014

OPINIÓN SOBRE UN ARTÍCULO LA DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

Teniendo en cuenta el día de la celebración de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que se celebró el pasado 10 de diciembre y como una manera de analizar y reflexionar acerca de esta fecha elegí el artículo 23 el inciso 3 que expresa que: “Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social”.
El  proyecto denominado diseño y puesta en marcha de políticas de mejoramiento de las condiciones de trabajo y fortalecimiento de derechos de trabajadoras domésticas remuneradas impulsada por la consultora María Victoria Heikel de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) a pedido del Instituto de Previsión Social (IPS) da a conocer datos reveladores acerca de este sector que es considerado muy poco importante dentro de la sociedad machista paraguaya que no le da importancia al trabajo doméstico realizado por las mujeres, por considerarlo irrelevante.
Este estudio se enmarca en las acciones para la implementación efectiva del Convenio No 189 sobre Seguridad Social y Formación Profesional que expresa el artículo 23 de la declaración de los DDHH.
La situación de los trabajadores domésticos y las trabajadoras domésticas en el país se dimensiona en la principal función que cumplen los y las trabajadoras en el seno de las familias paraguayas y en la economía nacional y también la importancia del a formalización del sector y la inscripción al seguro social del IPS. Este sector solo cobra el 40% del salario mínimo legal vigente, muy por debajo de lo necesario para llevar una vida digna, en caso contrario se paga un monto inferior al porcentaje mencionado.
El salario mínimo legal vigente es de G. 1.658.232 desde abril del 2011 y teniendo en cuenta el 40% alcanza G. 663.293 lo que debería cobrar una empleada doméstica, caso contrario alcanzan un sueldo mensual de G. 400.000 o G. 500.000 muy por debajo de lo estipulado, situación que se repite y que no es controlada por las autoridades. Existe una violencia laboral en el país, una informalidad y sub registro, que pese a todo con el tiempo esta cambiando y se prevé que haya mejores condiciones laborales para el sector, según María Victoria Heikel de la OIT. Afirma dicha situación teniendo en cuenta las cifras oficiales acerca de que hay menos criaditas en los hogares debido a que es una situación que se denuncia y que se está evitando.
Las estadísticas según el estudio realizado recientemente por la OIT en base a datos de la Encuesta Permanente de Hogares (EPH), en el 2010 se registran 219.744 trabajadores domésticos remunerados, de los cuales 14.548 (6.6%) son hombres y 205.196 (93.4%) son mujeres. Entre las mujeres 41.021 (20%) trabajan con la modalidad de contrato “sin retiro” y 164.175 (80%) en la modalidad “con retiro”.   En la ciudad de Asunción, el Departamento Central y el de Alto Paraná se concentra el 84.7% de los hogares que contratan “sin retiro” y el 63.6% de los que contratan “con retiro”.
Teniendo en cuenta que si bien la obligatoriedad del seguro social de salud para el trabajo doméstico remunerado  existe desde 1967 (Ley N° 1085/65  de Reforma del IPS), recién desde setiembre del 2009, por  Resolución 089-012/09 del IPS la cobertura se extendió desde Asunción a todo el territorio nacional. A partir de dicha Resolución, todos los trabajadores y trabajadoras domésticas del país tienen derecho a contar con el seguro de salud del IPS. La inscripción es obligatoria y recae bajo la responsabilidad del patrón (aunque también puede ser tramitado por el trabajador/a). Sin embargo, la realidad en la realidad existe todavía patrones que no aseguran a su empleada domestica al seguro social.
En el país hay 200.000 mujeres y 15.000 hombres trabajadores domésticos (jardinero y chofer), de los cuales solo el 16% está inscripto al seguro social del Instituto de Previsión Social (IPS), por ello se impulsa la campaña nacional de sensibilización e inscripción denominada Seguro Social para el trabajador y la trabajadora doméstica, que pretende aumentar el número de beneficiarios para el acceso a una cobertura de salud, así también existe la modalidad de inscripción voluntaria para acceder a la jubilación con un régimen especial en el IPS.
Un estudio que realizó la OIT revela que las principales barreras de inscripción de la trabajadora doméstica al seguro social tiene que ver con la percepción que tiene la población de que el servicio doméstico es una actividad considerada como algo que no tiene valor ni social ni económico, explicó María Victoria Heikel de la organización internacional.
En este sentido, es importante dimensionar la principal función que cumplen los y las trabajadoras en el seno de las familias paraguayas y en la economía nacional y también la importancia del a formalización del sector y la inscripción al seguro social del IPS. Esperemos que el Estado, a parte del IPS, pueda ocuparse de este sector que impulsa una legislación para cobrar el salario minimo legal vigente lo que les permitirá llevar una vida digna como lo estipula los DDHH.


Fuente: Trabajo presentado para la Universidad Nacional de Pilar 

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